Condenan a imputados por secuestro calificado en Tarapacá

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El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Iquique dictó veredicto condenatorio en contra de B.P.A.R., L.D.A.G., L.A.R.R. y E.A.O.M., como autores del delito consumado de secuestro calificado. Hecho perpetrado en noviembre de 2023, en la ciudad de Iquique.
Según informó el Poder Judicial, en resolución unánime, el tribunal integrado por los magistrados Juan Ibacache Cifuentes (presidente), Loreto Jara Peña y Cristián Malebrán Eyraud (redactor),tras la deliberación de rigor dio por acreditado tanto la ocurrencia del delito como la participación culpable de acusados en los hechos.

El tribunal adquirió la convicción, más allá de toda duda razonable, los hechos ocurrieron el 10 de noviembre de 2023, la víctima (identidad reservada) acordó reunirse con E.A.O.M. en una estación de servicios de Alto Hospicio. Aproximadamente a las 19:00 horas, E.A.O.M. arribó al lugar a bordo de un vehículo que conducía B.P.A.R. y en el cual también venían L.D.A.G y L.A.R.R.

La víctima subió al automóvil, el cual tomó rumbo hacia Pozo Almonte. Sin embargo, se detuvo en el trayecto, momento en que E.A.O.M. con una arma aparentemente de fuego, golpeó a la víctima, agresión a la que se sumó desde atrás L.A.R.R.. Los sujetos obligaron a la víctima a tenderse en el piso del vehículo, lo cubrieron con una frazada, le arrebataron pertenecías y, a gritos, le exigieron que identificara a quién pagaría por su rescate.
El vehículo reanudó la marcha, pero se dirigió a Iquique. Cerca de las 21:00 horas, los captores se comunicaron a través del teléfono celular con familiares del secuestrado a quienes exigieron dinero a cambio de su liberación.

El Poder Judicial agregó, que al día siguiente, una hermana de la víctima recibió audios y videos en que los condenados le exigían dinero, el cual debía depositar en cuentas de E.A.O.M y B.P.A.R. Mensajes que reiteraron alrededor las 15:05 horas, ocasión en que agregaron imágenes de la víctima con el rostro tapado con un pasamontaña, enguinchado con cinta adhesiva, amarrado de manos, y apuntado con una pistola aparentemente real y un cuchillo.

Posteriormente, tras la denuncia presentada por la hermana de la víctima, personal policial llegó a un sector cercano a la caleta Los Verdes y en un camino del borde costero observó, como a las 16:00 horas, el automóvil placa patente LVVV-94, cuyos cuatro ocupantes se dieron a la fuga a pie al advertir la presencia de los funcionarios, quienes rescataron a la víctima, la que permanecía tendida, con el rostro cubierto y amarrada.

Para el tribunal, los hechos acreditados configuran “(…) la calificación jurídica de secuestro calificado del artículo 141 inciso 3° del Estatuto penal, medularmente, porque de las evidencias emana que la detención o retención del afectado lo fue para obtener un rescate, considerándose especialmente lo referenciado sobre comunicaciones telefónicas que el afectado –estando cautivo– intentó inicialmente a su madre y luego su hermana en dicho sentido, considerándose entonces, que el atentado a la seguridad individual y libertad ambulatoria de la víctima demostrada, se aviene con tal calificación, desestimándose consecuencialmente su consideración como secuestro simple”.

“(…) puede indicarse que de las probanzas rendidas, se interpreta que atendidas las características del despliegue coactivo en perjuicio de la víctima, entre ello, su duración aproximada, efectuada dentro de un vehículo, en que finalmente se logra el rescate policial en una zona costera, alejada y distante de esta ciudad, se da cuenta que los acusados se ubican en calidad de coautores ejecutores del artículo 15 N°1 del Estatuto Penal”, añade.
La audiencia de comunicación de sentencia, que será redactada por el juez Malebrán Eyraud, quedó fijada para las 12:50 horas del martes 1 de abril próximo.