Tarapacá: Corte Suprema acogió recurso de nulidad contra sentencia en Juicio Oral

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Se excluyó toda la prueba del Ministerio Público.

Gracias al riguroso trabajo de la defensora pública Gabriela Hidalgo, la Corte Suprema anuló una sentencia condenatoria impuesta el Tribunal Oral de Iquique al acoger la petición de la Defensora quien considera vulneradas las garantías fundamentales del acusado en una detención policial. La sentencia ratificó el rol esencial de la Defensoría Penal Pública en la protección del debido proceso y el respeto a los derechos constitucionales.

En una decisión llena de sustancia y fundamental en la cruzada de la Defensoría Penal Pública para defender las garantías y los derechos de las personas imputadas en el sistema judicial, la Corte Suprema acogió el recurso de nulidad interpuesto por la Defensoría Penal Pública de Tarapacá en favor de un acusado, declarando la nulidad de la sentencia y del juicio oral que lo había condenado.

El fallo, que responde a una presentación liderada por la defensora pública Gabriela Hidalgo, estableció que la detención del acusado se produjo sin un indicio válido que justificara la intervención policial y el posterior registro. La Corte Suprema determinó que el control de identidad se realizó arbitrariamente, sin cumplir con los requisitos establecidos en la legislación vigente, vulnerando de esa manera el derecho a la libertad personal y el debido proceso del imputado.

La abogada Hidalgo sustentó su argumentación en la ilegalidad del procedimiento policial, destacando que el control de identidad se basó en una apreciación subjetiva de los funcionarios policiales, sin elementos objetivos que vincularan al acusado con un delito que se pretendía perseguir. La Corte Suprema acogió esta tesis y ordenó la realización de un nuevo juicio con la exclusión de todas las pruebas ofrecidas por el Ministerio Público y que, según el razonamiento judicial, se obtuvieron de manera ilegal.

»La Corte Suprema ha sido clara: no se puede validar una detención sin fundamentos objetivos. Este fallo no solo corrige una vulneración de derechos, sino que también refuerza la importancia de que los controles de identidad se realicen dentro del marco legal, sin arbitrariedad ni prejuicios».

Es importante destacar que, como lo ordena el reciente fallo, en el próximo juicio no se podrá presentar ninguno de los medios de prueba de cargo que habían sido incorporados en el auto de apertura. La Corte Suprema, además de declarar nula la sentencia y el juicio, ordenó excluir toda la probanza de cargo por infracción de garantías en su obtención. Por tanto, el trabajo de la Defensoría en este tipo de casos refleja la incansable búsqueda de la verdad, respetando el debido proceso independientemente de la situación procesal de las personas que atendemos.

Se destaca especialmente el trabajo en equipo de la defensora Hidalgo, de la jefa de estudios de la Unidad Unipersonal de Estudios de Tarapacá y de todo el equipo de la Unidad de Corte de la Defensoría Nacional, liderado por el colega Claudio Fierro.

Con esta resolución, la Defensoría Penal Pública reafirma su misión: defender a quienes más lo necesitan y garantizar que la justicia se ejerza con respeto irrestricto a los derechos fundamentales.